Actualización de una renta

Condiciones para actualizar una renta
Revisión según IPC
Dónde consultar el dato oficial
Como siempre, por escrito
Cláusula de actualización de la renta
Modelo de Contrato de Arrendamiento de Vivienda

INE

Condiciones para actualizar una renta

Son dos las condiciones necesarias para poder subir la renta a un inquilino:

    1. Que la posibilidad de actualización haya sido expresamente mencionada como cláusula del Contrato de arrendamiento,

    2. Que haya pasado un año completo desde el inicio del alquiler o desde la última subida.

Al final de esta entrada facilitamos un modelo de cómo debe quedar reflejada la cláusula en el contrato de arrendamiento.

Matizamos que el hecho de que se mencione, no obliga al arrendador a realizar la subida pero sin embargo, si la posibilidad de actualización no es claramente mencionada en el contrato, no se puede realizar.

Revisión según IPC

Antes de la última reforma (puedes consultar los detalles de los cambios en la entrada Ley de Arrendamientos Urbanos: situación actual), era posible hacer una subida de la renta conforme al IPC (Índice de Precios al Consumo) o conforme al IGC (Índice de Garantía de Competitividad).

Después de la reforma, se fijan dos puntos respecto a la actualización de la renta:

   1. Hay libertad para fijar el modo de actualizar la renta, así como para no actualizarla si así es acordado.

   2. En caso de querer actualizarla, la subida de la renta estará limitada al IPC anual.

Es decir, la referencia actual es el IPC (Índice de Precios al Consumo) anual, dejando de ser referencia el IGC.

Dónde consultar el dato oficial

El INE (Instituto Nacional de Estadística) ofrece una herramienta con la que es posible calcular exactamente la subida introduciendo las fechas de inicio y final del periodo a revisar, y el valor de la renta a revisar.

Dicha herramienta está disponible en el siguiente enlace:

Como siempre, por escrito

Como siempre recomendamos, lo ideal es que las comunicaciones importantes (en este caso, la de la actualización de la renta) se hagan siempre por escrito, ya que esto deja las cosas claras, y la claridad beneficia a todas las partes.

También conviene –para evitar malentendidos– que se haga lo antes posible, teniendo en cuenta que las variaciones del IPC son publicadas a mes vencido.

Cláusula de actualización de la renta

Cláusula n. Renta y actualización de la renta

La parte arrendataria abonará a la parte arrendadora, en concepto de renta, la cantidad de ……………………………… euros (……………… €) mensuales dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, mediante ingreso en cuenta o transferencia bancaria en la entidad bancaria …………………………., número de cuenta ………………………………….

El importe de la renta se actualizará por la parte arrendadora en la fecha en la que se cumpla cada año de vigencia del contrato, actualizándose en función de las variaciones porcentuales del IPC publicado por el Instituto Nacional de Estadística en un periodo de doce meses anteriores a la fecha de actualización, tomándose como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.

Modelo de Contrato de arrendamiento de vivienda

La cláusula mencionada en el párrafo anterior es parte de un modelo de contrato de arrendamiento de vivienda habitual.

Puedes consultar y descargar la cláusula (que aparece como quinta cláusula) o el contrato de arrendamiento completo, sin marca de agua, desde la siguiente entrada: